COMENTARIOS DEL FORO DE BOSQUES Y CAMBIO CLIMÁTICO A LA

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO  por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/841 en lo relativo al ámbito de aplicación, la simplificación de las normas de cumplimiento, el establecimiento de los objetivos de los Estados miembros para 2030 y el compromiso con la consecución colectiva de la neutralidad climática para 2035 en el sector del uso de la tierra, la silvicultura y la agricultura, y el Reglamento (UE) 2018/1999 en lo que respecta a la mejora del seguimiento, la notificación, el seguimiento de los avances y la revisión.

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Celebramos el compromiso de la Comisión en crear un marco regulatorio para la consideración de las emisiones y absorciones del sector LULUCF y su contribución para alcanzar los objetivos climáticos de la unión europea para 2030 y 2050.

Debido a que este marco tendrá un impacto directo sobre la economía de amplias zonas forestales de la Unión Europea y de nuestro país, España, consideramos de gran importancia asegurar un marco claro y justo, que permita crear sinergias win-win entre selvicultores y agricultores.

En el caso de España, en que muchos propietarios de tierras obtienen sus rentas de diferentes actividades, debido a los escasos márgenes económicos que obtienen, tiene sentido una paulatina integración de la contabilidad de las emisiones de estas actividades bajo un sector AFOLU, siempre y cuando se garanticen los derechos de selvicultores y propietarios forestales, al mismo tiempo que se fomenta e incentiva una gestión forestal sostenible y activa que favorezca la generación de absorciones por parte de los bosques, y los productos que se obtienen de ellos.

La necesidad de aumentar y mejorar los sumideros forestales debe plantearse cuidadosamente bajo un enfoque holístico, que valore de manera integrada las características y usos culturales de las diferentes formaciones vegetales, el carbono que queda almacenado en los productos que nos ofrecen y en el efecto sustitutivo de otros basados en los hidrocarburos, además de considerar la importancia del potencial de la industria local y de toda la cadena de valor asociada para contribuir a un desarrollo más sostenible, alejado de los hidrocarburos.

Lamentablemente la Comisión plantea un reglamento centrado básicamente en dos aspectos:

  1. Aumentar los stocks de los sumideros, independientemente de la aplicación o no de gestión forestal.
  2. Compensar las emisiones de la agricultura y resto de sectores difusos a costa de las absorciones forestales.

Aunque compartimos la necesidad de aumentar los sumideros y la posibilidad de que sean de ayuda para compensar las emisiones de otros sectores, pensamos que no será posible, ni justo, si no se aplican medidas para fomentar e incentivar una gestión forestal sostenible y activa, implicando a selvicultores y propietarios forestales en su logro. Con este fin, el Reglamento debería recoger un sistema de flexibilidades y mecanismos cuidadosamente diseñados.

La Comisión no tuvo en cuenta tampoco la importancia del sector socioeconómico ligado a la actividad forestal en la reciente hoja de ruta presentada para el desarrollo de soluciones sostenibles de absorción de carbono. En ella contempla un plan de acción para el cultivo de carbono (carbon farming) en explotaciones agrícolas y ganaderas, y olvida la realización de uno homólogo sobre la selvicultura del carbono (carbon silviculture) en terrenos forestales, fundamental si se pretende generar emisiones negativas a partir de 2035.

Pensar en crear plantaciones, sin un impulso paralelo de la selvicultura y la planificación forestal, es un error bien conocido por numerosas administraciones estatales y regionales europeas, que han desarrollado este tipo de programas desde hace más de 150 años.

PROPUESTAS DE MEJORA

Consideramos que el nuevo reglamento debe establecer un sistema de contabilidad veraz y consistente que refleje las absorciones reales que realizan los bosques y otras tierras forestales, que en el caso de España estimamos en 116 MtCO2eq/año (94 se atribuyen a la superficie forestal arbolada y 22 a formaciones de arbustos y matorrales de talla media-alta)[1], así como los incrementos producidos por su adecuada gestión. La información que al respecto se recopila en los Inventarios Nacionales de Gases de Efecto Invernadero debe poder ser comparable con los modelos globales de emisiones y permitir medir la contribución real de la gestión forestal para alcanzar los objetivos climáticos establecidos en el Acuerdo de París y los que en consecuencia determine la Unión Europea.

En el documento de evaluación de impacto se incorporan gráficas sobre el costo marginal de abatimiento para tierras forestales (forest land) y tierras agrícolas (agricultural land), e indica que la curva correspondiente a las tierras agrícolas es debida a la agregación de cultivos (cropland) y pastos (grassland). A este respecto debemos expresar que en España se consideran bajo la categoría de pastos los terrenos forestales que no cumplen los requisitos para considerarse arbolados, pero que son eminentemente forestales por la tipología de especies que vegetan en ellos y por su modo de aprovechamiento, y que en ningún caso podrían considerarse mayormente agrícolas. Deberían revisarse estas curvas costo abatimiento y presentarse desagregadas para cada Estado miembro. Las absorciones debidas a los cultivos que recoge el inventario español en los últimos años consideramos que están sobredimensionadas.

En este sentido debería incluirse también en el Reglamento un artículo dedicado a la transparencia de la información que publican los inventarios nacionales y los análisis sobre la evolución de los sumideros, para poder asegurar que la información aportada se realiza de manera estandarizada, veraz y transparente.

El Reglamento debe garantizar también que los Estados miembro incorporen en sus Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima, Estrategias de Descarbonización a largo plazo, y/o Planes integrados de mitigación para el sector de la tierra, objetivos claros en materia forestal, y medidas concretas con presupuestos asociados para su consecución.

En relación al objetivo del sector LULUCF para 2030, la Comisión ha presentado una evaluación de impacto con una visión top-down distribuyendo el objetivo de absorciones de 310 MtCO2eq entre los Estados miembro. Consideramos que el análisis parte de una estimación de la evolución de los sumideros muy negativa, quizá porque no se consideran los stocks debidos a la regeneración natural, y que el reparto proporcional entre los Estados en función de su superficie forestal no tiene en cuenta las características forestales de los Estados miembro, perjudicando especialmente a los países mediterráneos. Sería más lógico realizar el reparto en base a la productividad primaria neta.

Según el planteamiento de la Comisión, España ocuparía la segunda posición, tras Suecia, en el objetivo de absorciones netas a alcanzar (-43,63 MtCO2eq) lo que representa el 14% del total del objetivo europeo a 2030. A todas luces un objetivo ambicioso para nuestro país con el actual sistema de contabilidad, y más aún si se pretende alcanzar sin incentivar una gestión forestal sostenible y activa.

Respecto a las flexibilidades propuestas, consideramos que deberían diseñarse con el objeto de procurar retornos económicos destinados a la mejora de los bosques y su gestión, así como para financiar la adaptación a un modelo basado en la bioeconomía de los sectores económicos asociados. El Reglamento debería recoger expresamente los proyectos de gestión forestal y selvicultura como generadores de absorciones que puedan ser transferibles a otros Estados. Los ingresos generados por la transferencia de absorciones, resultado de la aplicación de la flexibilidad general (artículo 12), deberían estas expresamente dedicados a estos fines.

[1] Montero, G., López-Leiva, C., Ruiz-Peinado, R., López-Senespleda, E., Onrubia, R., & Pasalodos, M. (2020). Producción de biomasa y fijación de carbono por los matorrales españoles y por el horizonte orgánico superficial de los suelos forestales. Ministerio De Agricultura, Pesca y Alimentación: Spain.