La Comisión Europea ha adoptado normas para aplicar el marco de certificación voluntaria a escala de la UE para la eliminación de carbono y la carbonocultura. Esto se verá impulsado aún más por tres iniciativas anunciadas en la nueva Estrategia de Bioeconomía de la UE.

El nuevo Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2358 introduce normas de transparencia para los sistemas de certificación y establece reglas para el nombramiento y la supervisión de los organismos de certificación, así como para los procesos de auditoría, en virtud del Reglamento sobre absorciones de carbono y la carbonocultura (CRCF).
Estas normas armonizadas de seguimiento y notificación son un paso esencial para crear un mercado europeo voluntario coherente y fiable de créditos de carbono, que garantice la cuantificación, certificación y recompensa de las eliminaciones permanentes de carbono y las acciones positivas para el clima en la agricultura, la silvicultura y el uso de la tierra. En consecuencia, la obtención de la certificación CRCF tiene por objeto impulsar la inversión y aumentar la demanda de eliminaciones de carbono verificadas, lo que es esencial para alcanzar los objetivos climáticos de la UE.
Al crear nuevas oportunidades de negocio en toda la cadena de valor de la bioeconomía, el Reglamento CRCF establece el marco normativo necesario para construir la bioeconomía positiva para el clima de la próxima década. Con este fin, la nueva Estrategia de Bioeconomía de la UE ha anunciado tres iniciativas clave:
- Impulsar el mercado voluntario de créditos CRCF, la Comisión creará un club de compradores de la UE. Esta iniciativa voluntaria proporcionará una clara señal de demanda de absorciones de carbono y las eliminaciones permanentes de carbono en virtud del Reglamento CRCF. Al agrupar la demanda voluntaria de las empresas privadas, contribuirá a generar nuevas fuentes de ingresos para los agricultores y silvicultores europeos, apoyará las cadenas de valor de la biomasa resilientes y respaldará los compromisos de las empresas.
- Con el fin de reducir los costes y simplificar el acceso al cultivo de carbono, la Comisión creará una base de datos de la UE sobre la carbonocultura que incluirá modelos, factores de emisión, productos de teledetección y conjuntos de datos de referencia. Esto hará que el seguimiento, la notificación y la verificación sean más eficientes, ayudando a las empresas a notificar las emisiones de alcance 3 y a las agencias medioambientales a mejorar los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero LULUCF.
- La metodología CRCF para el almacenamiento de carbono en edificios está prevista para 2026 y ayudará a los propietarios de edificios a demostrar el rendimiento de almacenamiento de carbono de sus edificios, lo que contribuirá a que el sector de la construcción se ajuste a los principios de la bioeconomía circular.
Próximos pasos
Los sistemas de certificación que soliciten el reconocimiento en virtud del Reglamento CRCF deberán cumplir dos conjuntos de requisitos:
- El nuevo Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2358
- Los próximos actos delegados, que establecerán metodologías de certificación adaptadas a una amplia gama de actividades de eliminación de carbono.
La Comisión está ultimando dos reglamentos delegados sobre metodologías de certificación, cuya adopción está prevista para 2026:
- Metodologías de eliminación permanente de carbono para actividades como la captura directa de aire con almacenamiento de carbono (DACCS), la captura de emisiones biogénicas con almacenamiento de carbono (BioCSS) y la eliminación de carbono mediante biochar (BCR)
- Metodologías de carbonocultura para actividades como la agricultura y la agrosilvicultura, la rehumidificación de turberas y la forestación.
Para garantizar un inicio sin contratiempos, la Comisión comenzará a aceptar solicitudes de reconocimiento de sistemas de certificación, tal y como establece el Reglamento de Ejecución, a principios de 2026. Tras la adopción de los actos delegados, cada sistema se evaluará sobre la base de metodologías de certificación específicas. Si se cumplen todos los requisitos, la Comisión emitirá una decisión de reconocimiento con un período de validez de cinco años.
Además, en el primer semestre de 2026, la Comisión organizará varios talleres para seguir desarrollando el Club de Compradores de la UE.
Antecedentes
El Reglamento CRCF, adoptado el 6 de diciembre de 2024, estableció el primer marco voluntario a escala de la UE para certificar la eliminación de carbono, la carbonocultura y el almacenamiento de carbono en productos en toda Europa.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2358, la primera pieza de legislación secundaria en virtud del CRCF, representa un paso importante hacia la puesta en marcha del marco voluntario de la UE.
Entre las medidas clave establecidas por el Reglamento de Ejecución se encuentra la introducción de requisitos mínimos para la publicación de información sobre la gobernanza y el funcionamiento de los sistemas de certificación, así como sobre las actividades de certificación, hasta que toda la información esté disponible en el Registro de la Unión en 2028.
Además, los sistemas de certificación deben establecer consultas públicas obligatorias, así como mantener sistemas de control interno y procedimientos de tramitación de reclamaciones. En caso de que se detecten incumplimientos, por ejemplo en relación con los datos comunicados sobre gases de efecto invernadero, se aplicarán medidas correctoras y coercitivas oportunas.
Solo los organismos de certificación reconocidos por las autoridades nacionales competentes o acreditados por el organismo nacional de acreditación podrán realizar auditorías de verificación por terceros. Es importante destacar que se permite la auditoría colectiva en la carbonocultura, lo que supone un gran paso adelante en la reducción de las cargas administrativas para los pequeños agricultores y silvicultores.
Más información
Fuente: Web oficial de la Unión Europea.
https://climate.ec.europa.eu/news-other-reads/news/commission-adopts-rules-and-launches-initiatives-boost-carbon-removals-and-carbon-farming-eu-2025-12-01_es
